¿Cuáles son las tasas de IVA vigentes?
Son tres: 16 % general en todo el país, 8 % en los municipios de la región fronteriza incluidos en el estímulo fiscal, y 0 % para alimentos no preparados, medicinas de patente, libros y exportaciones.
| Tasa | Dónde aplica | Multiplicar por | Dividir entre |
|---|---|---|---|
| 16 % general | Todo el país fuera de los estímulos | 1.16 | 1.16 |
| 8 % frontera | Municipios del decreto, con padrón | 1.08 | 1.08 |
| 0 % tasa cero | Alimentos, medicinas, libros, exportación | 1.00 | 1.00 |
La calculadora IVA acepta cualquiera de las tres en el campo de tasa, así que el mismo cálculo te sirve estés donde estés.
¿Quién puede cobrar el 8 % de la frontera?
Solo quien tiene su domicilio o sucursal en un municipio de la lista del decreto, se inscribió en el padrón de beneficiarios y cumple los requisitos de antigüedad y cumplimiento fiscal.
Estar cerca de la frontera no basta. El estímulo se pide, se autoriza y se renueva, y si el SAT te saca del padrón vuelves al 16 % desde ese momento. Tampoco aplica a todas las actividades: la enajenación de bienes intangibles y algunos servicios digitales quedan fuera.
¿Qué operaciones llevan tasa cero?
Los alimentos no preparados, las medicinas de patente, los libros, periódicos y revistas, el agua no gaseosa en presentaciones mayores, la maquinaria agrícola y las exportaciones.
El límite es más fino de lo que parece. El mismo pollo cambia de tasa según se venda crudo en el súper o rostizado para llevar. Ante un producto en la frontera de la definición, revisa la Ley del IVA antes de facturar y no la costumbre del giro. La diferencia con los actos exentos está en tasa cero y exentos.
¿Ha cambiado la tasa general con los años?
El IVA nació en 1980 con el 10 %, subió al 15 % en 1995, volvió al 15 % tras un ajuste y llegó al 16 % en 2010, tasa que sigue vigente.
La franja fronteriza tuvo durante años una tasa preferente del 10 % y luego del 11 %, que se eliminó en 2014 y regresó como estímulo del 8 % en 2019. Ese vaivén explica por qué conviene confirmar la tasa antes de emitir un CFDI viejo o corregir uno.
¿Qué pasa si aplicas la tasa equivocada?
Si cobras de menos, el SAT puede determinarte el impuesto omitido con actualización y recargos. Si cobras de más, tu cliente pierde parte del acreditamiento y tendrás que emitir una nota de crédito.
El cruce entre tus CFDI y tu declaración es automático, así que una tasa mal aplicada se detecta sin necesidad de auditoría. El detalle del cálculo está en la guía del impuesto al valor agregado.